Hoy vamos a ver qué obligaciones fiscales debe cumplir el empresario que publique un e-commerce en Internet. Las tiendas virtuales al igual que cualquier otro tipo de negocio deben cumplir una serie de requisitos fiscales con Hacienda. Estos requisitos vendrán determinados por el régimen al que el empresario se pueda acoger cuando cree el negocio online. Y serán distintas si se trata de una sociedad o un autónomo en estimación objetiva o directa.
Obligaciones fiscales e-commerce estimación directa
Cuando el e-commerce pertenece a una sociedad o empresario autónomo en régimen de estimación directa, debe cumplir las siguientes obligaciones fiscales con la Hacienda pública.
IRPF
En este régimen se pagan impuestos en función de los rendimientos reales obtenidos a lo largo del año. Tanto en la estimación directa normal como en la simplificada, se realizan pagos a cuenta trimestrales en el modelo 130, que graba la Renta sobre las Personas Físicas. Para obtener el rendimiento neto trimestral, sobre el que se liquidan estos pagos a cuenta, se debe restar a los ingresos los gastos deducibles. Para conocer el importe al que tendrás que hacer frente puedes recurrir al cálculo del IRPF, ya que así sabrás de antemano qué cantidad económica habrás de asumir en este informe a Hacienda.
IVA
En este caso se deben realizar liquidaciones trimestrales a cuenta del impuesto en el modelo 303. Además se debe realizar un resumen anual en el modelo 390. Trimestralmente si el resultado entre el IVA deducible y el devengado es positivo se realiza el pago a cuenta. Si fuera negativa se pueden ir compensando los importes hasta que finalice el año y se pueda solicitar la devolución.
Obligaciones fiscales e-commerce estimación objetiva – régimen simplificado
Cuando la tienda online pertenece a un autónomo o sociedad en régimen de estimación objetiva, debe cumplir los siguientes requisitos fiscales.
IPRF
En este régimen fiscal, más conocido como módulos, el pago de impuestos se realiza en función de unas normas fijas.
Al igual que en estimación directa se deben realizar cuatro pagos trimestrales a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el modelo 131. La mayor diferencia radica en que en este caso el empresario conoce de antemano el importe de los pagos que va a realizar a lo largo del año. Ya que como hemos comentado no depende de los ingresos y gastos realizados.
IVA
En este caso el e-commerce tributaría el IVA en el régimen simplificado. Esto conlleva realizar pagos trimestrales a cuenta del impuesto, también a través del modelo 303. Para calcular el importe a pagar, la cuota de IVA repercutido se toma de unos valores fijos que dependen de la actividad empresarial. De esta cuota se pueden desgravar los gastos deducibles. La cuota a pagar nunca puede ser inferior a unos mínimos establecidos.
Si quieres saber cómo declarar los impuestos del e-commerce. Visita la entrada de nuestra web » Cómo declarar los impuestos de mi tienda online»
Otras obligaciones fiscales del e-commerce
Existen además otras obligaciones fiscales que pueden afectar al e-commerce. En función de si este pertenece a un autónomo o sociedad.
Impuesto de Sociedades
Este es un impuesto sobre los beneficios obtenidos por las sociedades. Con independencia de la forma jurídica que tenga la sociedad, este impuesto de carácter anual gravará el beneficio obtenido por la tienda online en el ejercicio anterior.
Recargo de Equivalencia
Es un régimen de IVA especial que se aplica solo a los autónomos comerciantes minoristas. Se trata de un porcentaje que va desde el 0,5% al 5,2% y se aplica como recargo del IVA general. Se paga directamente a los proveedores. En contrapartida este régimen no obliga a presentar declaraciones trimestrales de IVA ni a llevar los libros propios de este impuesto.