Es habitual que los emprendedores que crean un negocio online, no sepan muy bien si están obligados a darse de alta como autónomo en la seguridad social. O en qué momento deben cursar ese alta en el RETA (Régimen General de Trabajadores Autónomos).
Estas dudas surgen sobre todo al principio. Porque al publicar un e-commerce los ingresos son reducidos al principio como ocurre con cualquier otro negocio. La cuota de autónomo en nuestro país es bastante elevada y desgraciadamente no depende del volumen de ingresos.
Hoy te contamos que requisitos legales hay que cumplir para crear un negocio online.
¿Necesito ser autónomo para crear un e-commerce?
Pues la respuesta es que si y además desde el primer día. Pero con alguna excepción, porque la ley es bastante ambigua en este sentido y depende más que nada de la persona que la interprete.
En principio en España toda persona que desarrolle por su cuenta un actividad empresarial sea esta de la índole que sea, está obligado a darse de alta en la Seguridad Social como autónomo.
Según la información que facilita la propia Seguridad Social «Se entenderá como trabajador por cuenta propia o autónomo, aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo»
Significa esto que debo darme de alta aunque el e-commerce no venda y aunque los ingresos no permitan ni si quiera asumir la cuota de autónomo. Pues sí, aunque parezca completamente ilógico así es hoy por hoy en nuestro país. Sobre todo si quieres evitar mayores problemas o verte embarcado en un juicio contra la Seguridad Social.
Si lees detenidamente la definición de trabajador autónomo verás que la propia Seguridad Social reconoce que se debe tratar de una actividad habitual.
¿Pero que es una actividad habitual? Lamentablemente la ley no aclara nada más al respecto. Por eso decimos que básicamente depende de la persona o inspector que la interprete.
Dicho esto cabe mencionar que el Tribunal Superior de Justicia dictó en una sentencia del año 2007, que sin los ingresos no superaban el salario mínimo interprofesional no existía obligación de darse de alta como autónomo.
Esta sentencia aunque sienta jurisprudencia, no garantiza nada pues en caso de producirse una inspección de la Seguridad Social, sería el inspector pertinente el que deberá valorar si la actividad que se desarrolla es o no habitual. Si considera que lo es, no quedaría más remedio que interponer una demanda y esperar.
¿Si ya estoy dado alta como trabajador por cuenta ajena necesito ser autónomo para crear un e-commerce?
Pues la respuesta nuevamente es que si. Es lo que se conoce como pluriactividad. Que no es otra cosa que compaginar dos actividades laborales. Es legal y además cuenta con una serie de bonificaciones en el caso de nuevos autónomos.
Los trabajadores por cuenta ajena que compaginan esta actividad laboral, con la creación de un e-commerce o tienda online. Deben darse de alta en el RETA.
Aunque nuevamente nos encontramos con el problema de si esta actividad es o no habitual y como demostrarlo. Porque aunque en esta situación es bastante más sencillo demostrar que el e-commerce no supone la principal fuente de ingresos. Puede igualmente considerarse que se trata de una actividad habitual.
Por eso para evitar mayores problemas lo más recomendable en cualquier caso, es darse de alta desde el primer día. Aunque puede no pasar nada sino la hacemos, siempre estaríamos corriendo un riesgo y exponiéndonos a una sanción económica.
Otra opción a darse de alta como autónomo en los primeros meses de vida del negocio online que apenas tiene ingresos es facturar a través de una cooperativa de facturación.
Para saber si necesitas darte de alta en Hacienda para crear tu e-commerce y que otros requisitos fiscales debes cumplir. Visita la entrada de nuestra web «Obligaciones fiscales de un e-commerce«